Seguro de impago de alquiler

Seguro de Impago de Alquiler

¿Tu nuevo inquilino parece responsable?
¿Cruzas los dedos para no encontrarte con ninguna sorpresa?
¿Tienes una vivienda pero el miedo y la incertidumbre te pueden?
¿Podrías afrontar las rentas impagadas o los desperfectos en tu vivienda?
¿Pero sabes lo que estos seguros cubren, o en todo lo que te pueden ayudar?
Desde Segurfer te explicamos este tipo de seguros, sigue leyendo y no tendrás ninguna duda.

Objetivo

Los seguros de alquiler, buscan proteger los intereses de los propietarios ante situaciones que se producen con motivo del alquiler de la vivienda.

  • Falta de pago de las rentas de alquiler
  • Daños al inmueble
  • Incumplimiento de los contratos de arrendamiento de servicios y suministros.

A quien ayuda un seguro de impago de alquiler

¿Por qué contratar un seguro de alquiler?

Un seguro de impago de alquiler, también conocido como seguro de impago de renta, es un tipo de póliza de seguro diseñada para proteger al arrendador en caso de que el inquilino no pague el alquiler. Este tipo de seguro proporciona una cobertura financiera al propietario en situaciones donde el inquilino no cumple con sus obligaciones de pago del alquiler, ya sea debido a dificultades financieras, pérdida de empleo u otras circunstancias adversas.

Beneficios y ventajas


Beneficios de seguro de impago de alquiler

Contratar un seguro de impago de alquiler puede ofrecer varias ventajas tanto a los propietarios como a los arrendadores. Aquí hay algunas de las ventajas clave:

Protección financiera:
La principal ventaja es la protección financiera que ofrece al propietario. En caso de que el inquilino no pague el alquiler, la compañía de seguros puede reembolsar los pagos perdidos, ayudando al propietario a cubrir sus costos y evitar pérdidas significativas.
Tranquilidad:
Los propietarios pueden experimentar una mayor tranquilidad al saber que tienen un respaldo financiero en caso de incumplimiento de pago por parte del inquilino. Esto puede reducir el estrés asociado con la gestión de propiedades y mejorar la experiencia de ser arrendador.
Proceso de desalojo más sencillo:
Algunas pólizas de seguro de impago de alquiler también pueden cubrir los costos legales asociados con el proceso de desalojo. Esto facilita y agiliza el procedimiento en caso de que sea necesario tomar medidas legales para recuperar la propiedad.
Evaluación de inquilinos:
Algunas compañías de seguros de impago de alquiler realizan una evaluación financiera del inquilino antes de otorgar la cobertura. Esto puede ayudar a los propietarios a tomar decisiones más informadas al seleccionar inquilinos, reduciendo así el riesgo de impago.
Flexibilidad:
Los seguros de impago de alquiler suelen ofrecer opciones y flexibilidad en cuanto a la duración de la cobertura, los límites de indemnización y las condiciones específicas. Esto permite a los propietarios adaptar la póliza a sus necesidades particulares.
Defensa Jurídica + prestaciones por pérdidas económicas

Requisitos del inquilino

  • La renta anual del alquiler no podrá superar el 45% de los ingresos anuales netos del arrendatario (si no se cumple este requisito se valorará la existencia de más de un inquilino y/o avalista).
  • Contrato laboral indefinido o de duración superior a un año. Si el arrendatario no dispone, tendrá que presentar un certificado de vida laboral.
  • Si es un trabajador autónomo, pensionista, estudiante, u otros, se debe previamente consultar.
  • Los avalistas deben cumplir los mismos criterios y condiciones que los inquilinos.

¿Necesita un seguro de alquiler y no sabe cuál elegir?

COMPARE PRECIOS

Coberturas


Coberturas de un seguro de impago de alquiler

El seguro de impago del alquiler protege al propietario ante posibles inquilinos morosos que no paguen el alquiler mensual, cubriendo el pago de las rentas que se deben hasta un máximo del número de mensualidades conforme se establezca en la póliza de seguros.

Esta es la cobertura principal y el gran atractivo de este tipo de seguros, pero no el único. Porque en realidad, cuando se contrata un seguro de impago de alquiler, se accede a diversas garantías relacionadas con la defensa y protección de los intereses en relación con la vivienda arrendada:

  1. En caso de impago, el seguro puede llegar a asumir el importe total de las rentas mensuales impagadas hasta el límite temporal establecido en la póliza (cuantificado en meses).
  2. El asegurador realizará, a través de abogados expertos en la materia, la reclamación al inquilino de las cuotas de alquiler impagadas, antes de que exista sentencia de desahucio o condena por impago.
  3. Asimismo, la compañía aseguradora (con la que se ha contratado el seguro de impago de alquiler) también realiza los trámites legales necesarios para obtener la orden y/o sentencia de desahucio del inquilino moroso, para que el propietario pueda disponer de su vivienda lo antes posible.
  4. También se garantiza la reclamación de los desperfectos o daños materiales que el inquilino ocasione en la vivienda. Incluso, en determinados seguros de impago de alquiler, se cubren (hasta el límite establecido en la póliza) los daños ocasionados en el inmueble por el arrendatario.
  5. Asimismo, se dispone de un servicio de asistencia jurídica que permite realizar consultas relacionadas con los derechos y obligaciones como arrendador.

¿Qué pasa si el inquilino no paga?

En caso de que un arrendatario deje de cumplir con los pagos del alquiler, es necesario tomar medidas rápidamente para evitar que la situación se prolongue en el tiempo. De acuerdo con el artículo 27 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), el incumplimiento del pago de la renta es motivo suficiente para dar por terminado el contrato. Esto significa que con tan solo un mes sin pagar, el propietario tiene el derecho absoluto de poner fin al contrato de arrendamiento y el inquilino deberá desalojar la vivienda.

No obstante, previo a buscar ayuda legal e iniciar el procedimiento de desalojo, siempre es aconsejable intentar resolver la situación de forma amigable. Lo óptimo sería enviarle un requerimiento de pago, dado que deja evidencia clara, para que se actualice con sus responsabilidades económicas. Si el retraso es ocasional, es posible que se resuelva sin necesidad de acudir al tribunal, lo cual implica un ahorro de tiempo y dinero.

En caso de que el arrendatario no cumpla con el pago, será necesario presentar una demanda de desalojo para expulsarlo, la cual deberá estar firmada por un abogado y un procurador. Una vez que el tribunal acepte la demanda para su proceso, se le notificará al arrendatario y se establecerá una fecha para el desalojo, momento en el cual deberá entregar las llaves y abandonar la vivienda.

Además, se le podrán reclamar las mensualidades adeudadas del alquiler, así como intereses de demora por impago. Este sería el mejor escenario; no obstante, muchos morosos no cuentan con nóminas ni propiedades embargables.

¿Cuándo es útil un seguro de impago del alquiler?

Más allá de todas las garantías y coberturas que hemos comentado, tener un seguro de impago de alquiler ofrece una mayor tranquilidad y protección frente a los riesgos de alquilar una vivienda de nuestra propiedad. En primer lugar, porque nos ayuda a seleccionar al inquilino a través del estudio financiero que realiza la aseguradora. Asimismo, el asegurador asume las gestiones de reclamación de rentas pendientes y, en caso de resultar infructuosas, asume el importe de las rentas impagadas.

También realiza las gestiones y trámites necesarios (tanto judiciales como extrajudiciales) para que se ejecute el desahucio de la vivienda, en caso que sea preciso. Finalmente y en algunos productos que están actualmente disponibles en el mercado, es posible cubrir los daños ocasionados a la vivienda alquilada realizados por el arrendatario, hasta el límite establecido.

¿Cómo hacer un seguro de impago de alquiler?

Para poder contratar el seguro para la vivienda, se debe realizar y aprobar un estudio de solvencia del inquilino.

Los inquilinos no pueden destinar al alquiler más del 40% o 45% de la suma de sus ingresos netos. Además, alguno de estos beneficios debe ser fijo, teniendo el período de prueba del contrato de trabajo superado o llevando más de un año en la misma empresa. Al estudio se pueden añadir avalistas en caso de que los ingresos o la antigüedad del inquilino no sea suficiente.

Documentos necesarios para contratar el seguro de impago

En este punto debemos especificar el tipo de documentos según la actividad profesional. Si son asalariados, la documentación que se solicita es:

  • Las dos últimas nóminas
  • El contrato laboral
  • DNI
  • Documento de solicitud firmado por los inquilinos (documento de Ley de Protección de Datos)

Si son autónomos se les pide:

  • El último IRPF
  • Los dos últimos pagos de autónomos a la Seguridad Social
  • DNI
  • Documento de solicitud firmado por los inquilinos (documento de Ley de Protección de Datos)

Y si son pensionistas:

  • Certificado de la pensión emitido por la Seguridad Social
  • DNI
  • Documento de solicitud firmado por los inquilinos (documento de Ley de Protección de Datos)

¿Quién paga el seguro de impago de alquiler?

Ya que el seguro de impago de alquiler defiende los intereses del arrendador al protegerlo contra el riesgo de impago y daños en la propiedad, es el propietario quien lo contrata y costea.

Sin embargo, existe la posibilidad de llegar a un acuerdo distinto. Según lo establecido en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), las partes pueden acordar "cualquier tipo de garantía" además de la fianza en efectivo para asegurar el "cumplimiento de las obligaciones de alquiler". Por lo tanto, aunque el propietario sea el tomador del seguro y pague la prima, puede negociar con el inquilino la opción de trasladar el pago o parte de él.

En cualquier caso, no es conveniente exigir al inquilino la contratación de este seguro, ya que, si no cumple con el pago del alquiler, también dejará de abonar la póliza. Y, como resultado, las garantías quedarían sin efecto y estarás desprotegido.

Cuando buscas el seguro perfecto para el impago de alquiler, la tarea puede ser abrumadora. ¡Pero no te preocupes! Nuestro comparador de seguros de impago de alquiler está aquí para simplificar todo el proceso.

Te proporcionamos una visión clara y detallada de las diversas opciones disponibles, ayudándote a entender los términos, las condiciones y las coberturas de manera fácil. Con esta herramienta y la ayuda de nuestro equipo de expertos, puedes tomar decisiones informadas que se adapten a tus necesidades específicas como propietario. ¡No dejes nada al azar y utiliza nuestro comparador para asegurarte de obtener la tranquilidad financiera que necesitas para gestionar tus propiedades de alquiler con confianza!

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se recibe el pago de las rentas?
A partir del segundo mes de incumplimiento siempre que se haya presentado la demanda. Y en las compañías con franquicia, una vez finalizado este plazo. Se abona de forma mensual si es solicitado por el propietario.
A partir del segundo mes
El cargo del seguro se realiza al tomador, que tiene que ser distinto del inquilino. Pero de forma particular se puede llegar a un acuerdo para que el inquilino abone la prima del seguro.
¿Cuánto se tarda en dar respuesta, tras el estudio de viabilidad?
Desde Segurfer le damos respuesta en menos de 24 horas desde que recibimos toda la documentación completa del inquilino.
En el caso de necesitar autorización por la compañía pueden ser de 48 horas.
¿Y si el inquilino deja la vivienda antes del que finalice de la póliza?
Se puede solicitar un extorno de la parte no consumida hasta un máximo de 6 meses, o el cambio inmediato de inquilino. Se tiene que presentar la anulación del contrato de alquiler.
Si el inquilino se declara insolvente, ¿el propietario tiene que devolver la cantidad que le ha abonado la compañía?
No. El propietario aunque haya percibido rentas por parte de la aseguradora y el inquilino sea insolvente, no tendría que devolverlo a la aseguradora.
Se deberá devolver las cantidades cobradas por la aseguradora,cuando el propietario una vez cobrada la indemnización por la compañía, se las abona el inquilino.

Si estás interesado en asegurar tu bienestar y reducir la incertidumbre por si recibirás el pago de tus rentas o si podrás hacer frente a los gastos futuros en caso de una situación inesperada.

Desde Segurfer te ofrecemos las diferentes opciones de este tipo de seguros, garantizando las mejores coberturas y los mejores precios.

Si quieres informarte, entra en nuestro comparador de precios de seguros de alquiler y en pocos minutos tendrás tu presupuesto, y un asesor especializado te facilitará toda la información necesaria y te gestionará la contratación.

Las compañias aseguradoras con las que ofrecemos este producto son:

Seguro de Allianz Seguro de Asefa Seguro de Axa Seguro de Caser Seguro de Fiatc Seguro de National Suisse Seguro de Ocaso Seguro de Pelayo Seguro de PlusUltra Seguro de Reale Seguro de Catalana Occidente Seguro de Zurich Seguro de Murimar Seguro de Mapfre Seguro de Generali Seguro de Santalucia

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