Seguro de baja laboral para autónomos

Seguro de baja laboral para autónomos

Los trabajadores autónomos se enfrentan a una difícil realidad ante la bajas laborales y los periodos de incapacidad laboral. Se da por hecho que los trabajadores por cuenta propia no “pueden” ponerse enfermos ni sufrir un accidente o incluso que deben seguir trabajando en estas condiciones para poder mantener su negocio a flote.

Esto se debe a que este colectivo sufre una gran desprotección pública, sobre todo aquellos que cotizan por la base mínima (que son la inmensa mayoría en nuestro país) y los subsidios de la seguridad social y la asistencia prevista no suelen ser suficientes para cubrir los gastos y necesidades de los autónomos.

Una solución a esta desprotección podría ser subir la base de cotización hasta una cantidad que se acerque más a lo que realmente factura el autónomo. Sin embargo, ya sabemos lo complicado que es ser autónomo para que además se tenga que pagar más cuota, cargas fiscales, etc. Pero existe una alternativa, contratar un seguro de baja laboral para autónomos.

¿Por qué contratar un seguro ILT para autónomos?

Porque resulta complicado superar un mes sin ingresos con menos de 300 euros de subsidio público. Frente a esta complicada situación, un seguro de baja laboral para autónomos tiene la misión de garantizar el nivel de ingresos del trabajador por cuenta propia cuando no puede trabajar por estar enfermo o haber sufrido un accidente ya sea por causas relacionadas con su actividad profesional o totalmente ajenas.

A diferencia de otros seguros, el seguro de baja laboral es un subsidio diario que se calcula en función de los días naturales que debes estar de baja (fines de semana incluidos) y que además tiene cobertura mundial.

Dependiendo de las coberturas que hayas contratado, la indemnización del seguro de baja laboral puede llegar a multiplicar por 4 lo que corresponde de prestación pública y alcanzar los 400 euros por cada día que no puedas abrir tu negocio.

Los también llamados seguros de incapacidad laboral temporal (ILT) son los únicos seguros que garantizan al autónomo la capacidad de seguir generando ingresos en caso de no poder trabajar por causa de una enfermedad o accidente. Se trata de la única protección pensada para poder cubrir gastos y no generar una situación de inestabilidad familiar en caso de tener que cerrar el negocio.

¿Cuánto cobra un autónomo de baja por accidente laboral?

El autónomo cobra 271,04€ de prestación pública en caso de baja de autónomos por enfermedad o accidente común (gripe, neumonía, lesiones musculares, accidente mientras practicas algún deporte, etc.) Independientemente de cuál sea la facturación real del negocio en un mes corriente y al margen también de las facturas que debes seguir pagando aunque no se pueda acudir al puesto de trabajo con normalidad.

En España, las prestaciones públicas por contingencias comunes y profesionales, como es el caso de la baja laboral, se calculan en base a las cotizaciones a la Seguridad Social y con independencia de los ingresos reales de cada trabajador.

Aunque un negocio facture 3.000€ al mes, si se está pagando el mínimo de cuota en el RETA (286,15 euros), la prestación que corresponde en caso de baja laboral por una contingencia común son 557,20€ durante los primeros 30 días. Además durante los primeros 2 meses de baja se debe continuar pagando esos 286,15 euros de cuota de autónomo, por lo tanto la prestación líquida que se ingresa en la cuenta se reduce a 271,04€ el primer mes.


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¿Qué cubre este seguro?

Un seguro de baja laboral para autónomos cubre cualquier enfermedad, ya sea común o profesional, y accidente que sufra el autónomo durante su jornada laboral o en su tiempo libre. Accidentes que estarán cubiertos por el seguro incluso si se producen fuera de España puesto que estamos hablando de una póliza con cobertura mundial que te protege donde sea que se haya producido la enfermedad o el accidente.

Tiene coberturas frente a contingencias comunes como gripe, neumonía, lesiones musculares o esqueléticas, fracturas, fisuras o neoplasias, además de enfermedades derivadas de la actividad profesional así como todo tipo de accidentes y otros supuestos que no se pueden considerar ni enfermedades ni tampoco accidentes como son el embarazo, el parto y el post parto.

Hay además 10 contingencias cubiertas por el seguro de enfermedades graves:

  1. Infarto de miocardio
  2. Sustitución de válvulas cardíacas
  3. Cáncer o neoplasia maligna
  4. Insuficiencia renal crónica irreversible
  5. Trasplante de órganos vitales
  6. Esclerosis múltiple
  7. Cirugía de arterias coronarias
  8. Accidentes vasculares cerebrales
  9. Parkinson
  10. Quemaduras graves de tercer grado

¿Cuáles son los requisitos para contratarlo?

Contratar un seguro de baja laboral es muy sencillo. Solo necesitas estar dado de alta como autónomo o profesional liberal y aportar la documentación necesaria para acreditarlo, así como los documentos más básicos:

  • NIF personal o CIF de la empresa
  • Certificado del RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) o mutualidad en el caso de los profesionales liberales (médicos, abogados, arquitectos, ingenieros, etc.)

A diferencia de otros seguros para autónomos, como puede ser el de salud, para contratar un seguro de baja laboral no es necesario someterse a un reconocimiento médico previo. Lo único que necesitarás es cumplimentar debidamente una declaración de salud que te pedirá tu aseguradora.

Debes saber que solo podrás contratar un seguro de baja laboral si tienes entre 16 y 65 años (aunque si lo has contratado en este tiempo te cubrirá hasta los 70 años) y, en el caso de que seas autónomo societario, también podrás contratar seguros de baja laboral para tus empleados y deducir la inversión como gasto de tu empresa.

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