¿Se pagan impuestos al cobrar un seguro de vida?
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Sabemos que el principal motivo por el que la gente suele contratar un seguro de vida es brindar seguridad al futuro de la familia o los seres queridos. Hay información importante que debemos conocer alrededor de este tipo de póliza y que generan dudas sobre cuánto es la cuantía que pueden recibir los beneficiarios en caso de fallecimiento y la más importante, en caso de recibir la indemnización, ¿qué impuestos se deben pagar?
Hoy en este artículo te compartimos todo lo necesario para que estés bien informado. Sigue leyendo.
¿Qué impuestos paga el beneficiario al cobrar un seguro de vida?
En España las personas que cobran un Seguro de Vida, están obligadas a pagar impuestos por ello, aunque el tipo de impuesto a pagar en estas prestaciones depende de quién sea el beneficiario de la póliza. En las ocasiones en las que el tomador y el beneficiario del seguro son la misma persona se tributa por el Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas. Cuando la persona beneficiaria es distinta a la figura del tomador del seguro, se tiene que tributar por el importe recibido a través del Impuesto de sucesiones y donaciones.
¿Cuánto se paga de impuestos al cobrar un seguro de vida?
Como hemos comentado anteriormente, el tipo de impuesto por el que se tributa al cobrar un seguro de vida depende directamente de la identidad de la persona beneficiaria, el asegurado será el beneficiario del mismo en caso de invalidez. En caso de fallecimiento del asegurado, el beneficiario será la persona designada como tal en la póliza de seguros.
Indemnización del seguro de vida en caso de invalidez
En el caso de que el motivo por el que se cobra la indemnización del seguro de vida sea por invalidez absoluta, es necesario declarar dicho importe a través de los rendimientos del capital mobiliario, siempre en función de los tramos establecidos por el Ministerio de Hacienda.
Se debe pagar:
- 19% hasta los primeros 6.000 euros
- 21% a partir de 6.001 hasta los 50.000 euros
- 23% a partir de 50.001€
Indemnización del seguro de vida en caso de fallecimiento
En este caso los beneficiarios tendrán que tributar por el importe recibido a través del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Los parámetros por los que puede variar el importe que se debe pagar sobre este impuesto son los siguientes:
- Capital asegurado: a mayor capital asegurado, mayor cuantía a cobrar por los beneficiarios, por lo que también, mayor importe a satisfacer. Puede oscilar desde un 7.65% hasta un 34%.
- Comunidad autónoma en la que reside el fallecido: dependiendo de la legislación de la comunidad autónoma se aplicarán un tipo de bonificaciones y reducciones u otras, por lo que la cuantía a abonar tras el cobro del seguro de vida puede variar entre los distintos territorios del país.
- Grado de parentesco con el asegurado: dependiendo del grado de consanguinidad que se tenga con el fallecido se tendrá derecho a una serie de bonificaciones o reducciones a la hora de satisfacer el tributo:
- Se aplicará una reducción máxima a los hijos menores de 21 años.
- Se puede adquirir una reducción adicional si el beneficiario cuenta con una minusvalía de entre el 33% y el 65%
- La reducción máxima se eleva cuando la minusvalía del beneficiario supera el 65%
¿Cuánto se puede cobrar por un seguro de vida?
El importe a cobrar por una póliza de seguros de vida va a depender del capital asegurado. A grandes rasgos, una indemnización media por fallecimiento puede rondar los 35.000 euros, pero esta cuantía puede variar mucho en función del territorio en el que nos encontremos. También deberás tener en cuenta que del importe a cobrar hay que descontar la cantidad a pagar en concepto de impuestos.
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